Anunciación.- El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, AC (CEMDA), informó que un tribunal colegiado confirmó la nulidad de la autorización en materia de impacto ambiental (AIA) del proyecto turístico EntreMares.

El décimo primer tribunal colegiado resolvió no amparar a EntreMares, al considerar que el decreto de 1938 que declara como zona forestal vedada al puerto de La Paz, tiene vigencia como un Área Natural Protegida (ANP) en la categoría de “área de protección de flora y fauna”, conforme la Ley General de Equilibrio Ecológico (LGEEPA), y por no tomar en cuenta que los manglares del mogote están catalogados bajo la Convención Ramsar como de importancia internacional.

Esta última sentencia se suma a la resolución del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que ya en 2012 nulificó permanentemente AIA del proyecto. Se agrega también a la opinión negativa de la Comisión Nacional Forestal (Conafor) para el cambio de uso de suelo; a la de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) al no recomendar el dragado para la construcción de canales y el desmonte de vegetación, y a la de la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial (DGPAIRS) de la Semarnat al especificar que EntreMares no era congruente si el proyecto afectaba a manglares y áreas naturales protegidas. Finalmente, la Dirección de  Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros también de la Semarnat recomienda no construir sobre dunas costeras.
“Ahora el fallo del tribunal colegiado corrobora lo que había dicho el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa con un fallo definitivo, así como los argumentos de otras dependencias del gobierno federal. No es labor del Cemda emitir sentencias, pero sí señalar cuando los proyectos no se hacen con apego a la legislación” dijo Agustín Bravo Gaxiola, coordinador regional del Cemda en el noroeste.

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