Anunciaciación.- La reforma al artículo 24, que ya ha sido aprobada por la mayoría de las legislaturas locales, recoge una necesidad clara: la del respeto irrestricto y garantía de que nadie sea objeto de discriminación, burla, o escarnio por la forma en que libremente decida creer. “Igualmente que la libre adhesión a un credo o no, así como a una vida coherente con tal decisión, no sea causa de división social en nuestro país”, aclaró Hugo Ramírez García, de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana.
Dijo que a esta reforma será la innovación legislativa que recoja y especifique lo que la norma constitucional ha reconocido: que toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión, incluyendo el derecho a manifestarla individual y colectivamente, tanto en público como en privado, a través de diversos medios como por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Ante esto, se organizo el coloquio Laicidad y Libertad Religiosa, con el propósito de contribuir a los diversos diálogos que se han generado a propósito del nuevo marco jurídico constitucional de reconocimiento de los derechos humanos y, particularmente, a las enmiendas que se han realizado a los artículos 24 y 40, referentes a las libertades de conciencia, de convicciones éticas y de religión, así como a la laicidad como atributo institucional de estado mexicano, respectivamente.
“La libertad religiosa, entendida como la posibilidad básica de aceptar un conjunto de ideas sobre Dios, y orientar la propia vida de forma coherente con tal convicción, se configura como uno de los protagonistas de la agenda de los derechos humanos para el Siglo XXI”, aseguró el catedrático.
El Coloquio fue organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México y la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana.

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