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Anunciación.- El Instituto de Mexicano de Doctrina Social Cristiana organizó una plática para dar a conocer la reforma del artículo 24 constitucionalel cual permite la celebración del culto religioso en lugares públicos.
El texto vigente dice que todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo siempre que no constituyan un delito o actos penados por la Ley …
El texto aprobado queda de la siguiente manera: Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión y a tener o adoptar la de su agrado. Esta libertad incluye en el derecho de participar individual o colectivamente tanto en publico como en privado ….
Dentro del tema de convicciones éticas, lo que queda salvaguardado es el derecho a no creer, expresó el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas.
“No es la mejor reforma, pero este artículo es uno de los prácticamente intocados, es uno de los temas que son muy complejos y genera debates innecesarios. A veces la guerra se gana conquistando batallas, por lo que hoy, logramos generar un debate más allá y amplio en conceptos, donde se puede estar de acuerdo o no, pero que es un tema que va a pasar a la normalidad democrática de cualquier estado”.
Al respecto, Gerardo Cruz González, representante de IMDOSOC, opinó que en México es necesario reformar el artículo 24 constitucional que debe tener como principio jurídico social a los derechos humanos, entendidos como los derechos inherentes a la naturaleza humana.