Anunciación.- En el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó la Recomendación General número 27 “Sobre el Derecho a la Consulta Previa, Libre, Informada, Culturalmente Adecuada y de Buena Fe de los Pueblos y Comunidades Indígenas de la República Mexicana”, esta propone la incorporación expresa de dicho derecho dentro del sistema jurídico mexicano, mediante la elaboración de leyes específicas sobre el mismo, tanto a nivel federal como local, sustentadas en los más altos estándares de protección tanto nacionales como internacionales, como la vía para que tal prerrogativa adquiera la vigencia y efectividad que le es debida.
Al respecto, el ombudsman nacional, Luis Raúl González Pérez, destacó que México tiene un compromiso y una deuda con sus pueblos y comunidades indígenas, cuyo cumplimiento necesariamente pasa por el reconocimiento, protección y vigencia de sus derechos, tanto individuales como colectivos. Hacer efectivo y verdaderamente vigente el derecho a la consulta previa, mediante la creación de un marco jurídico que dé sustento y certidumbre al ejercicio del mismo “nos acerca a esa Nación pluricultural, con conciencia de su identidad indígena contenida en el artículo 2° Constitucional”.
González Pérez explicó que el derecho a la consulta previa es el más importante de los mecanismos inherentes al respeto y protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas, y constituye uno de los ejes que sustenta el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyo contenido el Estado mexicano está obligado a cumplir y hacer vigente.
“La consulta no puede ser vista como una mera formalidad o un requisito procedimental. Como se refiere y detalla en la Recomendación General que hoy se presenta, la consulta debe cumplir con cuando menos cinco características para satisfacer el objetivo que persigue y es que sea previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada. Un proceso que no cumpla con estas características implica por sí mismo una violación a los derechos humanos de las personas y de los pueblos y comunidades indígenas”, aseguró.
Informes
Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)
0155 5681-8125