Anunciación.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que modifica el artículo 149 del Código Penal Federal, a fin de sancionar a quien por razones de religión o discapacidad, atente contra la dignidad humana, anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas.

El documento será enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, indica que en tales casos, se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, y hasta 200 días multa, al que discrimine por razones de culto o discapacidad.

Ésta iniciativa surge del Partido Encuentro Social (PES), el documento refiere a la discriminación religiosa y por discapacidad como un problema social que afecta la pacífica convivencia entre ciudadanos, en las ciudades y en comunidades rurales, principalmente indígenas.

Previo a la votación, se presentó una adenda al dictamen, por lo que el tercer párrafo de la fracción III del artículo 149 debe decir: “no serán consideradas discriminatorias todas aquellas medidas tendentes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos y las que garantice el Estado laico, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Fuente: Cámara de Diputados